La falla en el acto de salud (acto médico): aspecto técnico-científico para la pretensión en el Estado Social de Derecho
DOI:
https://doi.org/10.25057/2500672X.279Palabras clave:
Acto, salud, médico, ordenamiento, Constitució, garantista, daño, falla, responsabilidad, consecuencias jurídico-legalesResumen
De la noción de acto de salud (acto médico), en el marco del ordenamiento jurídico generado por la Constitución de 1991, para un Estado Social de Derecho, garantista de los derechos fundamentales, la monografia revisa aspectos técnicos - científicos de la materia médica, útiles al bagaje conceptual del jurista/litigante. Para este propósito se caracterizan los conceptos de daño, falla, responsabilidad, reparación, solución del conflicto, como elementos jurídico-legales necesarios en la valoración de los actos de voluntad del trabajador de la salud, criterios que son puestos en controversia y pedidos por el actor. Solicita, de las nociones vistas, una pretensión congruente, fluidez en el foro y en la interpretación documental probatoria.Biografía del autor/a
Jorge Gabriel Franco Franco, Institución Universitaria de Envigado
Médico cirujano de la U. de A. Abogado IUE. Especialista Administración en de Servicios de Salud. Especialista
trabajo de familia UPB. Correo electrónico: jogfra@hotmail.com
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