Las personas “jurídicas” ¿Es adecuado denominar “ficticias” a las personas jurídicas? ¿Un pseudo-problema de esencias o un problema de significados?
DOI:
https://doi.org/10.25057/2500672X.427Palabras clave:
persona, personalidad, persona jurídica, persona ficticia, constructivismo jurídico, reconocimiento de la personalidad jurídicaResumen
En el presente artículo se pretende realizar una reflexión crítica acerca de los conceptos de persona y personalidad jurídica en el ordenamiento jurídico colombiano, específicamente, de la denominación de “ficticias” dada a las personas jurídicas en el artículo 633 del Código Civil. El análisis se justifica dada la vaguedad, ambigüedad e indeterminación de los conceptos aludidos en los instrumentos normativos nacionales, tanto legales como del orden constitucional, y de los internacionales llamados a formar parte del denominado bloque de constitucionalidad.
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